DENUNCIA PÚBLICA POR
DETENCIÓN ARBITRARIA A DEFENSOR DE DERECHOS HUMANOS
20 de junio de 2020
La Corporación Comité de Derechos Humanos Jesús María Valle Jaramillo pone en conocimiento de los organismos nacionales e internacionales encargados de la defensa de los Derechos Humanos, y las instituciones competentes para proteger y velar por las garantías ciudadanas en el país, queremos dar a conocer los hechos ocurridos en la sede de Caracol televisión Cll 103 # 69b-43, en la ciudad de Bogotá, donde un defensor en su pleno ejercicio de veeduría fue retenido sin justa causa.
A continuación, se detallan los hechos previos y durante la vulneración al defensor de derechos humanos:
- El día 20 de junio de 2020 desde las 12:00 de la tarde, dos compañeros defensores de derechos humanos estaban acompañando un plantón convocado por diferentes movimientos por redes sociales en las instalaciones de Caracol Televisión.
- Se realiza la interlocución y la debida presentación con la fuerza pública y gestores de convivencia.
- Posteriormente exigen a los defensores presentar su cédula en el momento en que se hacía veeduría a un procedimiento policial que se llevaba a cabo con uno de los manifestantes, el policía identificado con el 228011 desconoce el acompañamiento de derechos humanos al decir que no “somos nadie” a pesar de estar plenamente identificados con el chaleco y el carné del Congreso de los Pueblos.
- Cuando se encontraban alrededor de 20 personas reunidas en la esquina de la carrera 70 con calle 103, llegaron aproximadamente 20 agentes de policía, acompañados del Mayor Jorge Cuervo, el cual intenta disuadir a los manifestantes para que no ejerzan el derecho constitucional a la protesta y luego les manifiesta que si no se retiran del lugar van a traer un bus con 60 policías para trasladarlxs a todxs.
- Empiezan varios procedimientos policiales, como la solicitud de cédulas y las requisas a las personas que se encontraban en el lugar, en ese momento los defensores son garantes de los procedimientos. Se llevan a cabo cuatro retenciones bajo el argumento de verificar antecedentes a pesar de que algunos presentaron el documento de identidad.
- Luego se les solicita a los defensores una requisa y por segunda vez los documentos de identidad, OBLIGÁNDOLOS A QUITARSE EL CHALECO y así mismo, revisan y les hacen desocupar lo que llevaban en sus maletas.
- Un ciudadano plenamente identificado como prensa independiente, junto a los defensores, graban el procedimiento y uno de los policías los intimida diciendo que no pueden grabar. Retienen al defensor justificando que deben verificar su identidad, a pesar de haber proporcionado su documento en repetidas ocasiones y después se llevaron a la persona de prensa de manera independiente en otra patrulla.
- Al defensor Jesús Cruz lo suben a la camioneta identificada con el número 17-7996 y es trasladado A PESAR DE QUE PORTABA CHALECO Y CARNÉ, con el simple argumento de que quería saber sus antecedentes, el teniente Fredy Morales identificado con el número 207453 es quien procede a llevárselo.
- Lo suben con 5 personas más que estaban en el plantón pacífico, yendo en contravía de los protocolos sanitarios, porque están expuestos a un posible contagio del SARS-CoV-2 (COVID – 19).
- Estando en la estación Rincón de la localidad de suba, Jesús manifiesta que el mismo teniente, Fredy Morales identificado con el número 207453, le quita el celular violentamente, sin ninguna orden judicial y posteriormente cuando se hace la entrega del celular este ha sido formateado y su memoria sd ha sido destruida, borrando todas las evidencias y siendo esto una falta gravísima al artículo 15 de la Constitución Política de Colombia, que habla sobre el derecho a la intimidad.
- También, el teniente Morales amenaza a Jesús diciéndole “que le iba a dar una descarga eléctrica por que sí” y termina dándole una orden a los patrulleros de “traer ladrones para que los robaran y los golpearan”.
- El policía Chiquinquirá identificado con el número 266559 le dice a los agentes de policía que llegan al CAI que las personas detenidas estaban lanzando piedras y cargaban gasolina dentro de sus pertenencias, incluyendo a Jesús, sin ninguna prueba, y cuando esto no era cierto.
- El capitán de policía identificado con el número 184411 ordena comparendos, cuando el motivo del traslado fue bajo el fundamento de “verificar los antecedentes” de las personas capturadas.
Hacemos esta denuncia por la persecución y violación a los Derechos Humanos y a la integridad de los defensores de derechos humanos, evitando de esta forma la correcta veeduría en procesos de detenciones y traslados. Responsabilizamos a el GOBIERNO NACIONAL y DISTRITAL y a la FUERZA PÚBLICA por las situaciones de vulnerabilidad de nuestro compañero Jesús cruz y los posibles contagios del SARS-CoV-2 (COVID – 19); y a las autoridades locales por no desarrollar mecanismos alternos y de control del accionar de la fuerza pública.
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